La respuesta era clara, NO, no se podía trabajar estando jubilado hasta hace relativamente poco. No obstante, la situación económica actual ha hecho que el paradigma cambie. En la actualidad, con los recortes que han sufrido las pensiones muchas personas jubiladas se tienen que mantener en activo para poder percibir una paga mensual que cubra sus necesidades. Hay otros casos, en los que simplemente quieren seguir trabajando de manera vocacional.
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¿Entonces es posible seguir trabajando después de la jubilación?
En principio no se puede trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia ni tampoco trabajar para la Administración Pública mientras se percibe la pensión de jubilación.
Debido a la situación del país y la demanda de seguir trabajando (por necesidad en algunos casos o por simple vocación en otros) ha hecho que el sistema reconsidere la norma y se de la opción de compaginar la pensión de jubilación y el trabajo bajo unos supuestos que se presentan a continuación.
En cualquier caso, aunque se esté trabajando se tiene la consideración de pensionista en lo que a asistencia sanitaria y el pago de medicamentos se refiere.
No es de aplicación a los funcionarios jubilados del Estado, Administración de Justicia y Fuerzas Armadas que se rigen por una normativa específica. En resumen, sí se puede trabajar estando jubilado si se cumple lo siguiente:
La jubilación parcial
Esta situación se da cuando no se deja de trabajar sino que se sigue realizando parte de la jornada y el resto se jubila, reduciendo la jornada entre un 25% y un 50% con una reducción salarial proporcional. De esta forma sigue recibiendo parte del salario que se tenía y se accede a la jubilación.
Puede darse este tipo de jubilación parcial de dos formas: la empresa firma un contrato de relevo o no.
La jubilación flexible
Es cuando se puede trabajar estando jubilado con una reducción de la pensión en función de la jornada.
Desde el 17 de marzo de 2013 se puede compatibilizar siempre que la jornada no sea inferior al 50% ni superior al 75%.
Una vez que se deja de trabajar, se tiene que comunicar a la SS para que recalcule la pensión a partir de ese momento, pues cuenta lo trabajado para la cotización.
Trabajar por cuenta propia
Se puede cobrar una pensión de jubilación y trabajar por cuenta propia siempre que no se tengan ingresos superiores al salario mínimo interprofesional, para 2016 14 pagas de 655,20 euros mensuales llegando a un cómputo anual de 9.172,80 € al año. Sin superar este límite, no se está obligado a cotizar a la Seguridad Social, aunque existan obligaciones de tipo fiscal para poder facturar.
Hay otro requisito necesario, el trabajo por cuenta propia se puede hacer siempre que se haya jubilado a la edad reglamentaria y se tenga una pensión por el 100% de la base reguladora.
También se pueden llevar a cabo actividades profesionales que necesiten colegiación para los que se esté de alta en una mutua o no tengan que estar dados de alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social.
La jubilación también es compatible con ser titular de un negocio, siempre que solo se hagan funciones inherentes a dicha titularidad. No se puede trabajar en el negocio, la gestión, dirección y administración del negocio obligaría al alta en la SS.
NOTA IMPORTANTE: A partir de 17/03/2013, y en determinadas circunstancias, es posible compatibilizar la pensión de jubilación (una vez reducida al 50% de su cuantía) con un trabajo a tiempo completo o a tiempo parcial, sin limitación de la jornada de trabajo, según nos informa el propio SEPE.
Antes de trabajar estando jubilado hay que comunicarlo en el CAISS
Cuando se está cobrando una pensión de jubilación y se desea trabajar, lo primero que se ha de hacer es informar en el CAISS “Centro de Atención e Información de la SS” de la compatibilidad y a posteriori ya se ha de informar del inicio del trabajo para solicitar dicha compatibilidad.
Si no se comunica ni se pide la compatibilización, la Seguridad Social puede reclamar el cobro indebido de la pensión que se ha recibido mientras se trabaja.
¿Qué ventajas tiene usar Acento para trabajar estando jubilado?
Acento te permite trabajar estando jubilado facturando trabajos ocasionales o temporales. A través de la plataforma de Acento solicitas el alta a la SS sólo por las horas que trabajas, cubierto por seguro de responsabilidad civil y certificado de riesgos laborales para hacer frente a cualquier eventualidad o inspección de rutina, contándote para tu jubilación.
No obstante, no siempre es aconsejable, debes tener presente que cuando haces un trabajo Acento te da de alta en la Seguridad Social, en ese momento se corta tu prestación, es decir, se paralizan los pagos de la jubilación. Una vez terminado el trabajo se podrían reanudar las ayudas pero se recalcula y podrías salir perdiendo. Por ello, actualmente no aconsejamos el uso de la plataforma a personas que ya están cobrando una considerable cantidad en su jubilación.
¿Qué permite hacer Acento?
A través de la plataforma, podrás hacer la factura para presentar a tu cliente y Acento prepara la declaración trimestral de IVA, tú no has de hacerla; al final del año natural, Acento te prepara certificado de las retenciones de IRPF para la declaración de la renta, pues la jubilación está considerada como rendimiento de trabajo y por tanto ha de cumplir con las obligaciones fiscales si se superan los mínimos establecidos.
Y tú, ¿piensas trabajar estando jubilado? Sigue la onda y actualízate a la hora de crear un currículum artístico